Derecho de voto para los residentes extranjeros

Derecho de voto para los residentes extranjeros

Paul Oriol

Hablar del derecho de voto de los resientes extranjeros en el país que se jacta de haber inventado los Derechos del Hombre y del Ciudadano, es, a menudo, despertar pasiones incluso viejos miedos. Sin embargo, la Declaración de derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en su artículo primero, es nítida: “*Los hombres nacen y permanecen iguales en derechos. Las desigualdades sociales no pueden estar basadas más que en el interés público*”. No dice, como las Constituciones de 1814 o de 1830: “*Los franceses son iguales ante la ley…” Es, por tanto, con conocimiento de causa como los Constituyentes de 1946 y de 1958 afirmaron que la Declaración de 1789 tenía “valor constitucional*”. Por la misma razón, el lema nacional es “*Libertad, igualdad, fraternidad*”. A no ser que gestionemos estos valores como valores comerciales, hay que admitir que el derecho de voto de los residentes extranjeros no es sino una aplicación de este principio: igualdad de todos ante la ley. Y los revolucionarios de 1789 no han cesado de repetir que estos principios era válidos para todos los países y para todas las épocas. Desgraciadamente, no siempre extrajeron todas las consecuencias que ello implicaba y menos aún sus sucesores aun cuando reclamen de ellos. Al menos sentaron la base de valores que están aún por construir. En una época que ha producido una declaración “*universal*” de los derechos humanos, en una época en que todos los políticos alegan la “*defensa de los derechos humanos*”, incluso para intervenir militarmente lejos de sus fronteras, es el momento de aplicar estos derechos, plenamente, a domicilio. Además, la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma: “*Toda persona tiene derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos de su país*” (art.21), no habla de nacionalidad y “*su país*” no se define pero cuál es su definición más juiciosa, ¿el país del que tiene la nacionalidad o aquél donde vive? Si la misma Declaración afirma “*Cualquiera puede disfrutar de todos los derechos y de todas las libertades proclamadas por la presente Declaración, sin distinción alguna, en particular de raza, color, sexo, lengua, religión, ideas políticas o cualquier otra opinión, origen nacional o social, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación*” (art.2). La Declaración abre, pues, la posibilidad de participación a las personas sin distinción de origen nacional.
Es claro, la persona humana es portadora de derechos, de todos los derechos. Todas son iguales ante la ley. Es el horizonte hacia el cual ha de tender el debate político. Cualquier avance será fruto de las circunstancias, de la correlación de fuerzas.
El derecho de voto va unido a la ciudadanía. No la resume. Ser ciudadano es participar en la vida de la ciudad, es asumir sus intereses respetando el bien común. El derecho de voto es una forma de participar. No es la única. Los extranjeros pueden ya, de múltiples maneras, participar en la vida de la ciudad. Pero otorgar a alguien el derecho de voto es reconocerle el derecho a participar como el resto de ciudadanos. Dar el derecho de voto es reconocer el resto de derechos que tienen los demás ciudadanos, es reconocer un papel completo en la ciudad, es dar el derecho de tener derechos, de reivindicar otros nuevos. Cuando una persona tiene derecho a voto, los demás derechos, a hablar, a escribir, a reunirse, a manifestarse, vienen implícitamente reconocidos.
El derecho de voto no basta para ser ciudadano. Es claro que el derecho de voto es inseparable de la elegibilidad. Pero muchas personas que tienen derecho al voto y a ser elegidas no tienen un comportamiento ciudadano, pues no votan. Y de aquellas que votan, el grado de ciudadanía puede ser muy variable. La ciudadanía de representación, aquella que se contenta con elegir a sus representantes una vez cada cuatro, cinco o nueve años, está lejos de la ciudadanía de participación. Pero ser ciudadano es también tener derecho a participar o no en una u otra actividad. Algunos, para definir esta ciudadanía activa, participativa, han empleado el término de “*nueva ciudadanía*” que puede practicarse con o sin derecho a voto. Una parte de los residentes extranjeros, desprovistos del derecho de voto, no son por ello menos activos en la vida de la ciudad. Otros, como muchos franceses, se contentan con vivir en ella.
Si bien el derecho de voto es una necesidad para ser auténticamente ciudadano, no resuelve todos los problemas. La clase obrera tiene el derecho de voto desde 1848, las mujeres desde 1944-1946, los problemas de unos y de otros están lejos de haberse resuelto. El derecho de voto de los residentes extranjeros, mañana, no resolverá todos sus problemas, les permitirá sin embargo ser escuchados mejor. Y es que no puede reprocharse a un electo ser más sensible a lo que dice un elector que a lo que grita un no elector.
Para algunos, nunca es buen momento para avanzar hacia la igualdad. Cuando se trata del derecho de voto de los residentes extranjeros, si la extrema derecha es fuerte por supuesto no es posible y si es débil no es, evidentemente, el momento de despertarla. Lo que implica que la extrema derecha sería el árbitro de la democracia en Francia. Esto era particularmente evidente con ocasión del debate en la Asamblea Nacional sobre la ley Chevènement acerca de la entrada y permanencia de extranjeros (ley Réséda). Los argumentos de base eran desoladores: para la derecha, la izquierda hacía el juego a la extrema derecha; para la izquierda, la derecha hablaba como la extrema derecha. Con un único diputado, ausente de los debates, la extrema derecha reinaba. Ya es hora de que cada cual, en vez de esconderse, defienda su propios valores.
La lucha de los sin-papeles ha demostrado que la mejor forma de reducir al silencio a la extrema derecha y de derrotar a la derecha sigue siendo avanzar, a cara descubierta, para defender sus valores. Lo que han podido hacer los sin-derechos, ¿por qué no podrían hacerlo los ciudadanos? No hay nada vergonzoso en querer extender cada día más los principios democráticos que, en principio, cada cual reclama. De sin-papeles a derecho de voto, del derecho de voto en las elecciones locales al derecho de voto en todas las elecciones, hay una continuidad. Es el largo camino hacia la igualdad. Las etapas las marca, exclusivamente, la relación de fuerzas.
La lucha de los sin-papeles es, en cierto modo, ejemplar: es la lucha de ciudadanos que, no solamente no tienen derecho a votar sino que no tienen ningún derecho. El 18 de marzo de 1996 unos centenares de sin-papeles, con mujeres y niños, ocupan la iglesia de Saint-Ambroise. ¿Qué ciudadano razonable hubiera albergado la menos esperanza en esa aventura? Tras no pocas peripecias y la complicidad involuntaria del gobierno de la época, es cierto, va a dar origen al mayor movimiento de insumisión cívica desde la guerra de Argelia o las manifestaciones por la liberalización del aborto, contribuyendo a la caída de un gobierno y obteniendo la regularización de mas de 80.000 sin papeles. Lionel Jospin les debe, en parte, su llegada al gobierno. Ese ejemplo demuestra que se puede participar de forma importante en la vida de la ciudad sin tener derecho a votar. También es claro que tener el derecho de voto, es decir, ser reconocido como ciudadano, facilita muchas cosas. En tanto que los “*inmigrantes*” son a menudo como dice Catherine Wihtol de Wenden “*de alguna manera, grupos de presión sin quererlo, a veces sin saberlo… y a menudo, pese a ellos, una fuerza política por procuración, por partidos o líderes políticos interpuestos*” (Les inmigrés et la politique, Presses de la FNSP, 1988, Paris), los sin-papeles, sin derecho de voto, han jugado un papel político importante.
El Parlamento Europeo ha votado en varias ocasiones a favor de la extensión del derecho de voto de todos los residentes para las elecciones municipales y europeas. En concreto, el 16 de marzo de 2000, aprobó su informe anual sobre el “*respeto de los derechos humanos en la Unión Europea (1998-1999*)” por 265 votos contra 125 y 33 abstenciones. El Parlamento Europeo ha confirmado, de esta manera, sus anteriores pronunciamientos sobre el derecho de voto de los residentes extranjeros. Así, el texto adoptado afirma: “*El Parlamento Europeo desea que, de acuerdo con los principios democráticos fundacionales de la UE, los Estados miembros adapten su legislación en el plazo más breve posible de cara a extender el derecho de voto y de elegibilidad en las elecciones municipales y europeas al conjunto de ciudadanos extra-comunitarios que lleven 5 años residiendo en su territorio.” Y de nuevo en 2001, con ocasión de un debate sobre el informe de la comisión de Asuntos Exteriores sobre la política euromediterránea y el proceso de Barcelona.
Conocemos el doble rostro proclamado de todas las políticas de inmigración desde hace más de 20 años: alto a la inmigración e integración de los extranjeros que residen legalmente. Desgraciadamente, hay un gran trecho de las proclamas a las realizaciones prácticas. ¿Hay un auténtico deseo de *
integración**? Es evidente que con la ciudadanía de la Unión que divide a los residentes extranjeros, la exclusión legal de los no-comunitarios de esta ciudadanía viene a añadirse a otras exclusiones de derecho o de hecho. No darles el estatuto de ciudadano, es decir por la ley lo contrario de la política que se proclama. Es añadir una exclusión a otras exclusiones más que favorecer su integración. El derecho de voto no supondrá alcanzar la integración pero contribuye a ello. Ser elector, es influir sobre los electos para que tomen en sus manos los problemas de los electores. Que mejoren las condiciones de vida de algunos barrios y de todos los habitantes de estos barrios, residentes extranjeros y franceses, solidariamente. Si una parte de la población no tiene derecho a votar, disminuye la influencia de todo el barrio y se ve menos favorecido que otros y los residentes, extranjeros y franceses, colocados en peores condiciones de cohabitación, lo que entraña malestar, divisiones, sospechas, repliegues identitarios. El peso de los electores es una de las condiciones de la toma en consideración, del reconocimiento, de la integración. Dar el derecho de voto únicamente a los extranjeros de la Unión Europea quiere decir que hay unos buenos residentes extranjeros a integrar y … el resto.
Se trata de saber si, como afirman algunos de los contrarios al derecho de voto: “*el derecho de voto ha de ser el remate de una integración lograda*” o si constituye un factor de integración. El derecho de voto no fue una recompensa al buen comportamiento de la clase obrera o de las mujeres. Ha sido más bien un factor de integración, al menos para la primera. En el Tratado de Maastricht, no se trata, en absoluto, de integración lograda, de conocimiento de la lengua o las costumbres francesas para votar en Francia (evidentemente ocurre lo mismo en todos los países de la Unión), de antigüedad de residencia… los alemanes, británicos, españoles son ciudadanos porque están aquí, porque tienen su residencia habitual o principal aquí. Porque son residentes. ¿Por qué lo que es válido para unos no sería válido para otros? ¿Dónde queda el principio de igualdad?
Detrás de cierta idea de integración, está la noción de pertenencia, de adhesión. En el siglo diecisiete, extranjero quería decir, en ocasiones, enemigo. Algo de eso permanece todavía. El extranjero que vive aquí y que no tiene la nacionalidad francesa o que rehusa la nacionalidad francesa, expresa así, en cierto modo, su pertenencia, su ligazón a otra comunidad cultural. De ahí la sospecha. No rechaza reconocer la soberanía del país de acogida cuyas leyes acepta sino que rechaza desgajarse totalmente de sus orígenes, olvidar, renegar, “*traicionar*” su historia. Al hacerlo ¿rechaza también pertenecer a la comunidad en la que vive? ¿Compartir su destino? No, y la reivindicación de la ciudadanía, la inscripción voluntaria en las listas electorales, el hecho de ir a votar, el hecho de participar en actividades asociativas son otros tantos comportamientos positivos que muestran justamente esa voluntad de participar en ese destino común. ¿La sociedad francesa no puede acoger estas historias múltiples? ¿A tal punto llega su miedo al futuro que no puede aceptar a las personas tal como son? ¿Qué ha perdido en el pasado acogiéndolas? Dispone de diversos medios para integrar en la comunidad a quienes lo desean: puede ofrecerles el acceso a la nacionalidad, que no siempre es fácil, que algunos han tratado, en algún momento, de hacerlo aún más difícil. Puede ofrecerles “*accesos protegidos*”, una cierta progresividad, permitirles no romper con su pasado, al tiempo que les reconoce el máximo de derechos. Es, más allá de las vicisitudes políticas cotidianas, la tendencia general hacia la igualdad de derechos. Puede, por el contrario, mantenerles en una situación de infraderecho negándoles toda posibilidad de promoción, manteniéndolos en tareas subalternas, sin ningún derecho o con un mínimo de derechos, en una especie de apartheid. No está claro que esto interese a nadie, a excepción de algunos esclavistas de los tugurios y talleres clandestinos.

Hay quien piensa todavía que los residentes extranjeros no deberían participar en la vida política porque la duración de su estancia es limitada, que sería necesario para reconocerles esos derechos que hubiera reciprocidad. La duración de la estancia de los nacionales del resto de Estados de la Unión Europea no se toma en consideración para concederles la ciudadanía europea. Son ciudadanos europeos en Francia por ser alemanes o italianos, daneses o portugueses, cualquiera que sea la duración de su estancia. Pero el argumento de la duración de la estancia para oponerse a la concesión del derecho de voto falla por otros muchos motivos. Es un argumento de personas muy poco demócratas o incluso temerosas de la democracia. En primer lugar, el derecho de voto no es un seguro de vida y nadie se compromete a sufrir de por vida las consecuencias de sus elecciones políticas. Pero ser favorable al derecho de voto de los residentes extranjeros no es un favor concedido a “*estos pobrecitos inmigrantes*”. Es una opción de principios. Es la voluntad de vivir en una democracia tan avanzada como sea posible. Es una opción interesada. Queremos vivir en un país democrático y no en un país parcialmente democrático. Por opción ideológica. Pero también porque la democracia es la manera más eficaz de integrar. Es el sistema democrático quien ha permitido la integración de la clase obrera pese a la exclusión de la que ha sido víctima por mucho tiempo y que no ha desaparecido por completo. Quién puede pensar que el número de papeletas de voto que procedan de tal o tal barrio no modifica la opinión del alcalde sobre dicho barrio y no cambia su interés por él. Quién puede pensar que esto no modifica la opinión que se hacen sobre la sociedad francesa esos residentes extranjeros que tendrían el derecho de voto incluso aunque no lo ejercieran. Quién puede pensar que esto no sería apreciado a la vez tanto por los residentes extranjeros como por los residentes franceses de esos mismos barrios y que eso no favorecería un diálogo en ocasiones difícil. El derecho de voto y de elegibilidad, el hecho de sentirse a la vez reconocido y representado, sería para estos residentes, a menudo en situación difícil, un signo importante de que, incluso en esas situaciones, incluso en esos barrios, forman parte de la comunidad y que su situación no permanece indiferente.

La exigencia de reciprocidad, por otro lado, demuestra tener una pobre idea de la democracia. En primer lugar, la reciprocidad no puede ejercerse más que entre próximos, entre iguales. Más todavía, esta reciprocidad no ha sido invocada nunca para extender el derecho de voto, siempre ha sido planteada para impedir su extensión.

Quienes hablan hoy de ello no han planteado todavía proposiciones o proyectos de ley para dar el derecho de voto en las elecciones locales a los noruegos, a los suizos de los cantones de Neuchâtel o del Jura o en todas las elecciones a los neozelandeses que han concedido esos derechos a los residentes franceses.
Exigir la reciprocidad a personas que vienen de países no democráticos, es la manera de asegurarse de que nunca habrá que concederles nada. Peor todavía, lleva a hacer depender la calidad democrática en Francia de un déspota cualquiera (con el que Francia mantiene además excelentes relaciones). Conduce a hacer depender los derechos de algunas personas en nuestro territorio de dictadores extranjeros, a reconocer a esos dictadores un derecho de vigilancia sobre personas que, cualquiera que sean las razones, han abandonado precisamente esos países. En ocasiones tras haber combatido la dictadura allí, se encuentran excluidos de la democracia aquí. ¿Qué crimen han cometido para ser desprovistos de derechos cívicos? Si “*nuestros ancestros*” de 1789 hubieran esperado a la reciprocidad para promulgar la Declaración de derechos del hombre y del ciudadano, estaríamos todavía esperando. Nunca hubiera existido tal declaración.
De todos modos, si los residentes extranjeros están en Francia por un largo período, el mayor interés consiste en integrarlos lo más rápidamente posible en el sistema político, es inútil multiplicar los obstáculos. No hay que encerrarlos en “*metro, curro, cama*” aun surtido de algunos derechos. Si tienen que partir un día, incluso tras una estancia más breve, permitirles juzgar, por la experiencia, las ventajas de la gestión democrática de la ciudad (que no se limitan al derecho de voto y elegibilidad pero que los incluyen) es una semilla que puede germinar a su retorno al país de origen. Difícil ver qué peligro pueda haber en ello y en cambio es fácil darse cuenta de los beneficios que puede obtener con ello la imagen de la democracia.
Por supuesto, puede parecer paradójico reivindicar el derecho de voto cuando aquellos que ya lo poseen tienen tendencia a no inscribirse en las listas electorales o a abstenerse. Todo tipo de abstención es un peligro para la democracia. Pero en lo que hace a las personas “menos insertas socialmente” el peligro para la democracia reside, en primer lugar, en esa falta de inserción, la abstención es secundaria en relación a la no inserción. La democracia no consiste exclusivamente en sufragio universal. Es sufragio universal y derechos humanos. Si los derechos humanos no son reconocidos, no estamos en democracia. Y entre esos derechos humanos hay que contemplar el derecho al trabajo, a una vivienda digna, a atención sanitaria… Es decir, una inserción real. La cuestión de la exclusión o de la autoexclusión de las capas sociales desfavorecidas es grave. Hay que luchar contra las no-inscripciones o las abstenciones en dos planos, en el plano cívico por supuesto, pero también en el plano social. Esta exclusión tiene además como consecuencia la disminución del peso electoral de estas capas sociales y de la población de algunos barrios. Aquellos que están más interesados en hacerse oír, en usar sus derechos para influir. Cuando se trata de la exclusión legal de los residentes extranjeros que pertenecen a menudo a las capas sociales desfavorecidas, disminuye el peso del conjunto de capas desfavorecidas. La exclusión del derecho de voto de los extranjeros permite hoy etnicizar las barriadas en lugar de hablar de barriadas rojas como en otro tiempo.

        Bizilagunak21

   Caratula

Mentoría URREXINDORRA

Portada

 Refugio Karratua

MENTORÍA 2020

Ge

El Boletín de nuestro accionar

Portada Sos Racismo 03 03

Portada

Valla

Fotografía Amnistía Internacional

Banner Docu Sos Cast

Colabora

Colabora económicamente con SOS Racismo de la forma que tú prefieras:

Socios Es
Comunicación

Revista Mugak

Mugak64 65 Portada

nº64 Y 65