Inmigración: bajo el signo de la sospecha

INMIGRACIÓN: BAJO EL SIGNO DE LA SOSPECHA

De la reforma de la Ley de Extranjería, lo más preocupante no es, en mi opinión, el articulado concreto que se propone, con ser éste muy restrictivo y negativo. Quizás lo más preocupante es el discurso del PP sobre la inmigración, que justifica y legitima la reforma, y el efecto de dicho discurso en la conciencia social sobre los inmigrantes y nuestra relación con ellos y ellas. Que se consolide un cambio: de una visión más neutra o positiva a otra que sitúa la inmigración bajo el signo de la sospecha.
Hace dos años, cuando se iniciaron los trámites parlamentarios de la Ley 4/2000, todos los partidos proclamaban que había que reconocer el cambio de la inmigración, de temporal a permanente, y por tanto, establecer un marco de derechos, favorecer la integración de los inmigrantes y evitar problemas de marginación y exclusión. Las encuestas indicaban que la mayoría de la población estaba de acuerdo con dichos objetivos NOTA. Parecía que se conformaba una visión más positiva, abierta e integradora, que la imagen de la inmigración que sustentaba la vieja, antidemocrática y represiva ley de 1985.
Hoy, el signo está cambiando. Apoyándose en las noticias de “oleadas masivas de pateras” (1), muertes en el Estrecho y aumento de incidentes xenófobos, el discurso del PP sitúa la inmigración bajo el signo de la sospecha y la gestión de la inmigración se identifica con control, seguridad, más policía y menos derechos. No se trata, por cierto, de elementos que antes estuvieran ausentes. Ahora parecen pasar, legítimamente, a un primer plano.

Las legitimidades de la reforma

Como se ha encargado de señalar Rajoy, el PP cuenta con la legitimidad política que le da su mayoría absoluta, máxime cuando la reforma de la Ley 4/2000 figuraba de forma destacada en su programa electoral. El PP se opuso, en solitario, a la aprobación de la nueva Ley de Extranjería, advirtiendo sobre sus efectos perversos y su voluntad de reformarla. El argumento es contundente. Con todo, esta legitimidad política tiene límites.
Forma parte de la democracia moderna la idea según la cual la mayoría absoluta también tiene límites o debería tenerlos: aquellos que afectan a los llamados derechos fundamentales. Estos límites se expresan en términos normativos, Constitución, y también, de forma más difusa, como cultura democrática. En la vertiente normativa, el Consejo General del Poder Judicial criticó, entre otros elementos del proyecto del Gobierno, la exclusión de los extranjeros indocumentados de la titularidad y ejercicio de derechos fundamentales, reconocidos como tales por la Constitución. Es decir, la reforma del PP podría traspasar los límites y quedar invalidado por anti-constitucional.
Los límites a la simple voluntad de la mayoría también se expresan como elementos de una conciencia colectiva, que incorpora preceptos y actitudes ante los demás, los inmigrantes en este caso (¿qué derechos se les deben reconocer?, ¿qué les exigimos?, ¿es justa la igualdad de trato?). Esa conciencia colectiva es una fuente de legitimidad social que, a diferencia de los límites normativos, es más fluida, cambiante y sensible a las circunstancias.
Conseguida la mayoría absoluta en las elecciones, y con ella resuelta la aritmética parlamentaria, el PP se ha volcado en conseguir la aprobación social de la reforma. En reforzar su legitimidad. En los últimos meses, sobre un fondo informativo de pateras, indocumentados detenidos, cadáveres que el mar devuelve a las playas, aumento de tensiones y agresiones xenófobas… estamos asistiendo a la construcción política y mediática de la inmigración como problema, que suscita preocupación social, y frente al cual, afirma el PP, la nueva Ley de Extranjería se muestra ineficaz e incluso contraproducente. Para justificar y dar coherencia a su discurso, el PP ha recurrido al método de la profecía auto cumplida. Javier de Lucas lo sintetiza muy bien: “Tanto empeño en descalificar la ley, en probar los efectos perniciosos, acaba por crear alarma social, donde no hay motivo” (2). Veámoslo más en detalle.

Emociones, imágenes y cifras

La inmigración, nos dice el PP, es un enorme problema. “La inmigración es el problema número uno para la convivencia en España en la próxima década. Si ETA es un problema del siglo XIX, la inmigración será la piedra angular de la convivencia” (3).
La ocasión de estas afirmaciones de Mayor Oreja no podía ser más emblemática: la toma de posesión de Férnandez-Miranda como delegado del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración. Toda una declaración de principios. La identificación que se sugiere entre inmigración y ETA supone proyectar sobre la primera las emociones negativas y el rechazo frontal que hoy suscita la acción etarra entre la inmensa mayoría de las gentes (con la salvedad de Euskadi). Para la eficacia del discurso del PP lo central no son las razones, sino activar las emociones. Es ahí donde la identificación entre inmigración y ETA adquiere todo su sentido.
Además de emociones, el PP también ofrece razones: padecemos una fortísima presión migratoria. Diez días después de las declaraciones citadas, se hacía público el “Informe anual de 1999 sobre inmigración ilegal en la Unión Europea”. Según el informe, de acuerdo con las cifras proporcionadas por el Gobierno Español, en 1999 se rechazaron en frontera a casi un millón de extranjeros sin papeles. Somos el país de Europa que más inmigrantes rechazó en frontera de Europa, prueba que soportamos mayor presión, más indocumentados “esperando saltar” y más mafias. Las cifras merecieron titulares a toda página y se ilustró en los telediarios con la patera del día o el furgón policial del que bajan los inmigrantes detenidos camino de su expulsión. Como señalaron Javier de Lucas y Antonio Izquierdo, el informe identifica número de personas y número de intentos de pasar las fronteras. El 70% de estos intentos se dio en Ceuta y Melilla, donde la misma persona puede intentar pasar cinco o seis veces la frontera en un año, y sin recurrir a las mafias (4). Estamos hablando, pues, de una cifra muy inferior al millón proclamado; habrían sido unas 150.000 las personas rechazadas en fronteras. Sin embargo, estas reflexiones no merecieron la atención informativa que suscitó el informe. Lo que importaba, en realidad, eran unas cifras que sustentaban y daban credibilidad al efecto llamada. Ya ven ustedes, dice el PP y medios afines, si con la ley antigua fueron un millón los rechazados en frontera durante 1999, que no será en el 2000 con esta norma ingenuamente progresista que es la Ley de Extranjería.
Otras cifras, las de la regularización. Las 225.000 solicitudes presentadas en el proceso extraordinario de regularización de inmigrantes “desbordaron todas las previsiones” de la Administración, que las cifraban en 80.000. Fuentes de Interior, siempre didácticas, explicaban que “cuando hicimos el cálculo no estábamos tan errados, pero es evidente que ahora hay muchos más extranjeros”, atribuyéndolo al efecto llamada (5). Seria bueno recordar que, en el proceso de regularización se exige que se acredite la presencia en España, antes del 1 de junio de 1999. No se tratan, pues, de personas atraídas por la nueva Ley (que se aprobó con posterioridad). En su inmensa mayoría ya estaban aquí. Son los que no entraron en el contingente de 1998, 28.000 permisos de trabajo y residencia frente a 67.000 solicitudes, ni tampoco en 1999, cuando se concedieron 30.000 permisos y fueron casi 100.000 las peticiones (peticiones que se presentaban junto a oferta de empleo). Son también los inmigrantes que han tenido un permiso y no pudieron renovarlo o aquellos inmigrantes regulares que han optado por acogerse al proceso extraordinario por considerarlo un cauce más rápido y eficaz para la renovación de su permiso.

Una ley superada

Distorsionando imágenes y cifras, se trata de mostrar que “la realidad del fenómeno migratorio supera las previsiones de la norma” (6). Y esto sucede, según el Gobierno, por qué la Ley de Extranjería difumina la distinción entre inmigrante legal e ilegal, concediendo un exceso de derechos a los indocumentados, al mismo tiempo que otro exceso, éste de progresismo y garantismo ingenuo, limita la capacidad de control y sanción de la administración (reduciendo las expulsiones o sometiendo las decisiones de Interior a los recursos, la tutela judicial efectiva o a las garantías procedimentales).
El exceso de derechos alienta la ilegalidad y el “progresismo desaforado” merma los instrumentos del Gobierno para hacerle frente. La Ley de Extranjería ha producido el efecto llamada, dificulta el adecuado control de entradas y situaciones de los inmigrantes y supone un incumplimiento de nuestros compromisos europeos. Vale la pena detenerse en los tres argumentos.
Respecto al efecto llamada, nada más aprobarse la ley asistimos a un sin fin de declaraciones que vincula cada patera, las detenciones de indocumentados, las muertes en el Estrecho, de forma acrítica y unicausal a la existencia de la Ley. Antes ya se han hecho precisiones a algunas de las cifras que más ha utilizado el Gobierno para su mensaje. Atendamos ahora a la lógica del efecto llamada: vienen por que tienen muchos derechos (y lo saben, sino no vendrían). Así, suponemos a los candidatos a inmigrantes indocumentados expertos conocedores de la normativa española y sus cambios, lo que constituiría un “auténtico record en la historia de la técnica legislativa, nunca una
Ley tuvo tanta publicidad, ni tanto lector interesado”, como señalaba con ácida ironía De Lucas. Los inmigrantes no se embarcan en pateras por el conocimiento de su estatus jurídico en la nueva Ley. Lo hacen, con una ley o con otra, empujados por la desigualdad Norte-Sur y alentados por la necesidad económica, la suya de comer y la nuestra de cubrir los trabajos más penosos y precarios que, el crecimiento de la economía y las mayores posibilidades de elección de los trabajadores autóctonos, dejan sin cubrir.
Parece innegable que hay un incremento de los flujos migratorios. Lo que no se sostiene es establecer una relación causa-efecto entre vigencia de la Ley e incremento de flujos. La realidad es bastante más compleja. Sin embargo, el efecto llamada se ha utilizado como un tópico y un tópico no se argumenta; se repite muchas veces hasta que todos lo dan por bueno. Y no solo, parece, las gentes del PP.
Además, la Ley no permite el adecuado control de fronteras. Según el PP, la imagen es la del coladero. Sin embargo, no es plausible afirmar que la Ley favorezca la entrada de más inmigración. El sistema de entrada no se ha modificado, sigue siendo el mismo, difícil y restrictivo que estableció la Ley de 1985. Para la entrada legal continua siendo necesario disponer de una oferta previa de empleo y con ella solicitar el visado de entrada en un consulado español en el país de origen, requisitos que el PP no se plantea modificar. Los cambios que introdujo la Ley 4/2000 no hacen referencia a los requisitos de acceso sino a una serie de garantías (motivación de la denegación, asistencia letrada, etc. ) que no suponen hacer más fácil la entrada del que llega, sino prevenir la arbitrariedad de la parte que recibe. Por otro lado, durante todos estos meses la policía ha devuelto sistemáticamente o rechazado en frontera a todo inmigrante indocumentado que pretendía entrar en España. La imagen del coladero, como la del efecto llamada, es poco consistente.
En tercer lugar, se argumenta que la Ley 4/2000 contradice las directrices de la Unión Europea e incumple nuestros compromisos en materia de control de fronteras con nuestros socios europeos. Sin embargo, personas tan autorizadas como el comisario europeo de Asuntos de Justicia no comparten dicha opinión (7). Por otro lado, hoy por hoy, no existe una normativa europea sobre inmigración, a nivel de directriz concreta de obligado cumplimiento. Los gobiernos europeos si se están dotando de un cuadro de criterios y líneas generales comunes, dentro de los cuales la Ley 4/2000 encuentra acomodo. Lo que sí es exigencia de la Unión Europea es el control de fronteras, pero insistimos, con la Ley 4/2000 no se da un acceso más fácil o con menores requisitos al Estado Español, y por tanto a la Europa Comunitaria.

El cambio que se propone. Las y los indocumentados como síntoma.

La reforma del PP tiene dos objetivos centrales: marcar las “diferencias entre inmigrantes legales e ilegales” y aumentar los instrumentos de la Administración para hacer frente al problema. Dichos objetivos se concretan en la reducción del marco de derechos reconocidos, el aumento de la discrecionalidad por parte de la Administración y el endurecimiento de las sanciones (volviendo al recurso de la expulsión como primera y principal medida).

Los primeros y más directos perjudicados son los inmigrantes sin papeles. Se trata de una ley contra los indocumentados y el Gobierno no oculta ese carácter (8). La reforma niega los derechos de reunión, asociación, sindicación, manifestación y huelga a los extranjeros en situación irregular, derechos que la actual Ley les reconoce, en tanto que fundamentales. Además, el proyecto del PP elimina o hace impracticable las modestas vías de normalización que la Ley 4/2000 ofrece a los indocumentados: optar a la documentación tras un arraigo demostrado de dos años, acceso a algunos derechos mediante la inscripción en el padrón (sanidad, ayudas a la vivienda, asistencia jurídica gratuita…). Junto a la perdida de derechos, de los más significativos sólo se mantiene el acceso a la sanidad, el proyecto del PP vuelve a sancionar con la expulsión a todo extranjero indocumentado.
Es innegable la existencia de una bolsa de documentados. Más todavía, la experiencia indica que se trata de un fenómeno permanente. Esta bolsa se nutre de los que acceden de forma irregular y, también, de los y las inmigrantes que tras su entrada legal no pueden legalizar su situación, o de aquellos y aquellas que disponiendo de permiso no pueden renovarlo por no disponer de un contrato de trabajo. En este sentido, se da una curiosa paradoja: nuestra normativa ilegaliza inmigrantes. La identificación entre residencia legal y contrato de trabajo genera inseguridad y exclusión de las personas inmigrantes que trabajan en sectores poco regularizados, como el servicio doméstico o las tareas agrícolas, donde es muy difícil hacerse con un contrato (¿qué contratos tienen los inmigrantes de El Ejido?). Además de no ser responsables de su situación, ¡bien quisieran ellos y ellas ser legales!, estas personas conforman una parte importante, la más débil y machacada, de la inmigración en nuestro país.
Para afrontar el problema son posibles dos opciones. Una, más abierta e integradora; la otra, más represiva y excluyente. La Ley 4/2000 apunta a la primera opción al establecer un procedimiento ordinario de regularización, tras dos años de residencia, que tiene la virtud de reconocer una realidad, la de los indocumentados que viven y trabajan entre nosotros, y la necesidad de establecer una vía para documentarlos, primer paso para su inserción social. La opción del PP es la clásica de “palo y tente tieso”: negación de derechos, enormes dificultades para la regularización (9) y expulsión como amenaza permanente. Paradójicamente para las mentalidades autoritarias, esta segunda opción no es más realista ni eficaz que la primera. La experiencia europea ,y la nuestra de quince años de aplicación de la Ley de 1985, indican que la opción policial no resuelve la cuestión de la inmigración irregular, ésta continua existiendo, pero aumenta sus consecuencias negativas. En primer lugar, en términos de sufrimiento humano e injusticia para las personas indocumentadas, que se ven condenadas a un estatuto de paria. Además, la opción represiva repercute negativamente sobre la situación de todos los inmigrantes. “Desestabiliza” su situación si, por sus empleos precarios, la frontera entre legalidad e ilegalidad es tan tenue y las consecuencias tan inapelables. Los hace más vulnerables a aceptar condiciones peores de trabajo para conseguir el ansiado contrato. La criminalización del indocumentado proyecta connotaciones negativas, ilegales, sobre todo el colectivo.

Menos garantías y más sanciones.

Más allá de los indocumentados, el recorte del cuadro de derechos es un criterio que informa toda la reforma del PP. Significativamente, como destaca el informe del Consejo General del Poder Judicial, el artículo 3 pasa de denominarse “Igualdad con los españoles e interpretación de las normas” a “Derechos de los inmigrantes e interpretación de las normas” (10). La igualdad ya no se proclama, como hace la Ley 4/2000, como valor y condición básica. La reforma elimina esas y otras veleidades (bien que fueran, en muchos casos, simplemente semánticas) y reafirma la jerarquía de derechos, y, por tanto, la diferenciación de estatus entre inmigrante y nacional.
En el caso de los inmigrantes regulares no se revocan los derechos reconocidos en la Ley 4/2000 pero, en la práctica, éstos se limitan al endurecer sus condiciones en algunos casos y, sobre todo, al aumentar la discrecionalidad de la Administración y disminuir las garantías para su ejercicio.
Así, por ejemplo, se limita la obligación de la Administración para motivar sus decisiones, particularmente en los temas que Interior considera calientes. Sin motivación, no hay recurso y la tutela judicial efectiva, principio básico no ya democrático sino estrictamente liberal, se convierte en pura filfa. La denegación del visado, documento imprescindible para la obtención de los permisos, solo deberá ser motivada en casos de reagrupamiento familiar o de trabajo por cuenta ajena. Y eso después de las críticas del Consejo General de Poder Judicial a este punto. Otro cambio: si a los españoles se nos aplica el silencio administrativo positivo, para los inmigrantes documentados regirá el negativo. Es decir, que si la administración no responde la petición se entiende denegada, excepto en las renovaciones de permiso. Igualmente, el texto del PP supone un aumento de las formulas que subordinan las garantías y los procedimientos a “razones de seguridad pública”, “los intereses españoles” o el “interés general” (cuyo oráculo, como se sabe y la reforma proclama, es el Ministerio del Interior). En su informe, el Consejo General de Poder Judicial manifestaba su preocupación por que la reforma “favorezca la arbitrariedad”

El tercer gran bloque de cambios que propone el PP se refiere al endurecimiento de las sanciones y el aumento de los agentes de vigilancia y control. De aprobarse la reforma, se sancionará con la expulsión la estancia irregular en el Estado Español o trabajar sin permiso. Esto supone, por ejemplo, como han recordado fuentes de Interior, que deberán ser expulsados los 50.000 inmigrantes a los que la Administración calcula denegará su petición en el reciente proceso de regularización. Y, con ellos, los que ni siquiera se presentaron por carecer de pruebas documentales o de alguno de los requisitos exigidos. Tales expulsiones no son viables, en términos masivos, como reconocen fuentes policiales. Sin embargo, la expulsión cumple dos papeles básicos: mecanismo represivo selectivo que se activa según las necesidades de gestión de la bolsa de indocumentados y amenaza permanente sobre el conjunto de indocumentados (lo que les hace aun más vulnerables).
La ampliación de los motivos de expulsión supone, además, un mayor recurso a los CIE (Centros de Internamiento para Extranjeros), centros de reclusión sin las garantías y condiciones que, al menos sobre el papel, se reconoce a los establecimientos penitenciarios. Por último, en su afán de blindar fronteras, la reforma del Gobierno hace de los transportistas (compañías aéreas, marítimas…) cuerpo auxiliar de policía, al obligarles a comprobar la documentación y requisitos de los inmigrantes que transportan y a hacerse cargo, en caso de ser rechazado en frontera, de su devolución.

La firmeza del PP en aprobar la reforma

El PP está firmemente decidido a aprobar su reforma, a pesar de las críticas recibidas. En su escenificación de la urgencia de la reforma, olvido solicitar el preceptivo informe al Consejo Judicial del Poder Judicial que, aparte del feo institucional, muestra a las claras la solidez que atribuyen a su posición. No parece plausible tal firmeza, sin la convicción del núcleo dirigente del PP que la reforma le resulta electoralmente rentable, que tiene apoyo popular como demostraron las últimas elecciones generales y que puede conseguir ampliarlo. La reforma no espanta al electorado centrista y da satisfacción a los sectores sociales que pueden ver con recelo la presencia de inmigrantes y su equiparación de derechos (sectores que no hay que identificar exclusivamente con los lectores de ABC). Así se hacen las mayorías absolutas.
Esta situación plantea, al menos, dos reflexiones. Una, con la que se iniciaba este artículo, hace referencia al cambio producido en la “opinión pública” respecto a la inmigración en los dos últimos años. No hay datos disponibles, ni perspectiva temporal, para valorar ese cambio en sus justas proporciones. Lo que parece innegable es que señala la fragilidad, entre amplios sectores populares, de los valores y actitudes democráticas, igualitarias e integradoras respecto a la inmigración.
Bien es cierto que la campaña mediática y política del PP ha sido, y es, profunda e intensa. Además, tras el desconcierto producido por su mayoría absoluta entre partidos y organizaciones defensoras de la Ley 4/2000, el PP ha marcado la iniciativa casi en solitario. En el ámbito parlamentario no ha tenido oponentes, con el PSOE e IU centrados en sus problemas internos, el cambio de actitud de CC y la disposición a negociar de CiU. Veremos si el nuevo curso parlamentario nos da más alegrías; uno es, más bien, escéptico.
Desde el ámbito de las ONGs las críticas han sido unánimes, encabezadas por el duro dictamen del Foro de la Inmigración, pero la contestación ha tenido un escaso eco social. Se pueden apuntar diversas causas, pero destacaré una, no porque sea la más importante pero sí la de más urgente rectificación. Durante todo el proceso de elaboración de la reforma de ley, desde marzo de 1989 hasta noviembre de 1999, las ONGs y entidades más importantes hicieron suya la dinámica de trabajo planteada por CiU: un consenso que implicará a todos los partidos, por tanto, a puerta cerrada y sin debate público que pudiera entorpecer la ansiada unanimidad. La táctica se justificaba por su eficacia, así sería posible obtener el consenso más positivo posible. El cambio del PP a última hora, su oposición a la Ley 4/2000 y su victoria electoral posterior, mostraron no solo lo erróneo del cálculo sino las limitaciones de la táctica empleada: no se había trabajado la opinión pública, no se había aprovechado la reforma de la ley para impulsar un debate social que avanzara criterios y respuestas a cuestiones básicas no bien resueltas entre amplios sectores populares. ¿Por qué tenemos que reconocer derechos a los inmigrantes?, ¿cómo gestionar su presencia?, ¿tienen que ser nuestros conciudadanos?. La reforma de la Ley de Extranjería era, como afirma el viejo tópico anarquista, demasiado importante para dejarlo en manos de nuestros parlamentarios. Debía haber sido, también, una ocasión para afirmar razones y sumar voluntades en respuesta a estos interrogantes y haber hecho posible visualizar un apoyo social a los aspectos más positivos de la Ley 4/2000, precisamente los que se plantea eliminar el PP.
Urge una rectificación. No porque sea posible que, en escasos meses, se pueda conseguir un cambio de opinión pública que obligue a retroceder al PP. No por ello, el debate y la acción social es menos importante. Parece imprescindible para proporcionar razones, criterios y argumentos a los sectores sociales más solidarios. Para que estas posiciones tengan un mayor protagonismo social y aparezca, al menos, la diversidad de visiones sobre la inmigración. Y, también, por estricta dignidad democrática: una sociedad que contempla impasible como se machaca a los inmigrantes se degrada a sí misma.
La reforma se aprobará con una amplia legitimidad política. No es indiferente, bien lo sabe el PP, que se apruebe con la menor legitimidad social posible. Tanto por limitar los efectos más de negativos de la aplicación de la futura ley, como para sentar las bases que hagan posible, a medio plazo, un movimiento social que exija su derogación.

Paco Torres

NOTAS

  1. El País 20-VIII-2000. Titular a cuatro columnas: “Detenidos en el Estrecho 197 inmigrantes”. Subtitular: “Nueva oleada masiva de pateras de marroquíes y subsaharianos a las costas españolas”. Se han recuperado, incluso en periódicos como El País, las palabras como “oleadas”, “avalancha”, “ilegales” que proyectan toda una serie de connotaciones negativas sobre los inmigrantes. Los periódicos o las televisiones en la orbita del PP ya hablan con soltura de “invasión”.
  2. Javier de Lucas. “Efectos sin causa: sobre el efecto llamada”. El País. 10-VI-2000.
  3. El País. 17-V-2000.
  4. Eso opinan, al menos, los técnicos de la Comisión Europea, citados por El País 27-VI-2000.
  5. . El País. 26-V-2000.
  6. Exposición de motivos del Anteproyecto de Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su Integración social, aprobado por el Consejo de Ministros de 4-VIII-2000.
  7. J.L. Sánchez, A. Gutiérrez y G. Peces-Barba. “Democracia e inmigración”. El País. 7-VII-2000.
  8. El vicepresidente Rajoy fue explícito sobre este punto en la presentación del Anteproyecto aprobado por el Consejo de Ministros. El País 5-VIII-2000.
  9. El artículo 29.3 de la Ley establece que “podrá acceder a la situación de residencia temporal el extranjero que acredite una estancia ininterrumpida de dos años, figure empadronado y cuente con medios económicos para garantizar su subsistencia”. Es lo que se ha denominado procedimiento ordinario de regularización. Con la reforma del PP se endurecen las condiciones: sólo se admite a los extranjeros que “hubieran obtenido un permiso y no lo hubieran podido renovar, así como a aquellos que acrediten una permanencia… mínima de cinco años”.
  10. En el mismo articulo, la ley vigente afirma: “los extranjeros gozarán en España, en igualdad de condiciones con los españoles, de los derechos y libertades reconocidos…”. La reforma suprime la referencia a la igualdad de condiciones. La igualdad queda reducida a “criterio interpretativo general”.

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