Propuesta sobre el reconocimiento a ser elector y elegible en las elecciones municipales para los extranjeros extracomunitarios

Propuesta sobre el reconocimiento a ser elector y elegible en las elecciones municipales para los extranjeros extracomunitarios

SOS Arrazakeria

El Artículo 13.2 de la Constitución, reformado el 27 de agosto de 1992 para acomodarse a lo establecido en el Tratado de Maastrich, establece que los extranjeros pueden ejercer el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales, cuando así esté reconocido en un Tratado o haya reciprocidad.

Por tanto, tienen derecho a participar en las elecciones municipales aquellos extranjeros procedentes de países de la Unión Europea (en virtud del Tratado de Maastrich). También existen acuerdos de reciprocidad con Noruega, Argentina, Chile y Uruguay. Ahora bien, los acuerdos suscritos con los tres países latinoamericanos citados están pendientes de unas regulaciones de desarrollo, y no son, por tanto, operativos. Así pues, fuera de los Estados de la Unión Europea, el único acuerdo válido, hoy por hoy, es el suscrito con Noruega.

En consecuencia, no tienen derecho a participar en las elecciones municipales, ni como electores ni como elegibles, los extranjeros extracomunitarios (salvo los procedentes de Noruega)

Hay países de la Unión Europea que, a diferencia del Estado español, si reconocen el derecho de los y las inmigrantes, cualquiera que sea su nacionalidad, a participar en las elecciones municipales:

- Irlanda, desde 1963, a partir de 6 meses de residencia legal

- Suecia, desde 1975, a partir de tres años de residencia legal

- Dinamarca, desde 1981, a partir de tres años de residencia legal

- Holanda, desde 1985, a partir de cinco años de residencia legal

¿Tiene sentido excluir del derecho de voto en las elecciones municipales a miles de personas porque han nacido fuera del marco de la Unión Europea? ¿Por qué aceptar que personas que conviven en el mismo municipio, que son vecinos en el barrio, en el trabajo, en la escuela, tengan menos derechos que otras, en función del lugar donde han nacido? ¿Por qué aceptar que un 2%, un 3%, un 5% de la población sea un excluido político permanente?

Creemos que no tiene sentido. Que es malo para quienes están excluidos y malo para el conjunto de la sociedad.

Consideramos que es absurdo que se niegue a miles de hombres y mujeres afincados en la Comunidad Autónoma, muchas de las cuales han superado todos los obstáculos legales (que son muchos) para regularizar sus situaciones, que han reagrupado a sus familias, que tienen hijos e hijas nacidas aquí, escolarizadas aquí, el derecho a ser parte activa en la vida política municipal, como cualquier otro ciudadano o ciudadana.

Aprovechando el marco que nos brindan las próximas elecciones municipales, pedimos que se reconozca ese derecho, el derecho a tomar parte activa en esas elecciones, a ser elector y elegible. Y lo hacemos porque consideramos

- Que es bueno para la democracia no excluir de los derechos políticos a una parte de la población realmente existente, sea cual sea su lugar de nacimiento, el color de su piel, su lengua de origen o la religión que practique.

- Que es mala la democracia que construye fronteras internas para que una parte de la población quede excluida de la ciudadanía.

Por todo lo anterior, pedimos

- 1.Que ese ayuntamiento manifieste su voluntad de reconocer a las y los extranjeros extracomunitarios mayores de edad, el derecho a ser electores y elegibles en las elecciones municipales, como mínimo en las mismas condiciones que se les reconoce a los procedentes de la Unión Europea.

- 2.Que ese ayuntamiento pida y promueva, en cuantos foros y asociaciones participe, el reconocimiento de esos derechos políticos, promoviendo y apoyando cuantos cambios legales sean necesarios para materializar y ejercer esos derechos.

        Bizilagunak21

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